PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE LA RESTRICCIÓN DE ACTIVIDADES POR LA SITUACIÓN Y EVOLUCIÓN DEL COVID-19

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¿Puedo circular libremente por el territorio aragonés?

Los ciudadanos podrán circular por las vías de uso público para la realización de las siguientes actividades:

  • Adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad.
  • Asistencia a centros sanitarios.
  • Desplazamiento al lugar de trabajo para efectuar su prestación laboral, profesional o empresarial.
  • Retorno al lugar de residencia habitual.
  • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • Desplazamiento a entidades financieras
  • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza debidamente justificada.

En todo caso, en cualquier desplazamiento deberán respetarse las recomendaciones y obligaciones dictadas por las autoridades sanitarias.

Desde el ejecutivo Aragonés se pide a los ciudadanos que limiten sus desplazamientos a lo mínimo imprescindible. Por el momento no se cerrarán al tráfico las vías de uso público y acceso a municipios, pero esta situación puede verse alterada en función de la evolución de la emergencia sanitaria.

. ¿Puedo utilizar el transporte público?

Sí, se garantizará el funcionamiento de los servicios de transporte públicos, pero se recomienda usarlo solamente en casos imprescindibles y extremando las medidas de seguridad e higiene.

. ¿Puedo hacer gestiones con la administración (ayuntamientos, administración autonómica, estatal…, etc.)?

Sí. Preferentemente se utilizará el teléfono o medios telemáticos. En caso de tener que realizarse algún trámite de manera presencial, será necesario informarse previamente de las posibles restricciones específicas que haya adoptado la administración en la que tenga que realizarse el trámite en cuestión.

. ¿Puedo hacer gestiones en entidades bancarias?

Sí, para realizar las transacciones bancarias imprescindibles y estrictamente necesarias. Se recomienda en la medida de lo posible utilizar los cajeros automáticos. Las entidades bancarias garantizarán el cumplimiento de las medidas de seguridad a adoptar para una adecuada prestación del servicio a sus clientes, e informarán a sus clientes de sobre las medidas de higiene respiratoria que adopten en sus oficinas.

. ¿Están asegurados los movimientos de los servicios de emergencia?

Sí. Las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado velarán para que se garantice la correcta movilidad y prestación de la asistencia sanitaria.

. ¿Qué se considera un servicio esencial?

Se consideran servicios esenciales los relacionados con la seguridad y emergencias, sanidad, electricidad, agua potable, combustibles, gas, telecomunicaciones, permisos penitenciarios, residuos urbanos e industriales, residuos sanitarios, suministros sanitarios y de farmacia, distribución alimentaria y sector primario e industrial destinado al abastecimiento de suministros alimentarios.

TELÉFONO DE INFORMACIÓN CENTRALIZADO PARA TEMAS RELACIONADOS CON EL CORONAVIRUS

976 696 382

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